Agencias: El Sol / El Diario / Justiniano
Las Licorerias ya no podrán estar abiertas por las noches. |
La Cámara de
Senadores modificó la Ley Contra el Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas,
esperando la firma del presidente Evo Morales la promulgue.
Según fuentes
mencionadas El
ministro de Gobierno, Carlos Romero, informó ayer que el gabinete ministerial
aprobó el anteproyecto de Ley Contra el Consumo y Expendio de Bebidas
Alcohólicas, que restringe la venta y consumo de licores, vinos y cervezas en
el país.
Mientras
tanto . "Se hicieron modificaciones, algunas de forma y otras de fondo,
con lo cual esperemos que el presidente Evo Morales la promulgue y se genere un
nuevo régimen cuyo objetivo central y fundamental es la protección de la niñez
de la minoridad", indicó Héctor Arce, presidente de la Comisión de
Constitución de la Cámara Baja.
Algunos de los cambios. Entre las modificaciones más significativas que
se realizaron a la ley se encuentra la ampliación del horario de prohibición de
publicidad referida a bebidas alcohólicas en los medios de comunicación, que
ahora será de 6 de la mañana a las 21:00. Además, se determinó que, en el
artículo 2 referido a los alcances de la ley, la misma sea de aplicación
"en el territorio nacional", cuando antes mencionaba "a nivel
nacional".
Por último,
en el artículo 24 se estableció que solo los Gobiernos Autónomos Municipales,
en el marco de sus competencias, "podrán otorgar excepcionalmente
autorización especial y transitoria para el expendio y consumo de bebidas
alcohólicas en fiestas populares y patronales previa valoración de su
pertinencia, mediante norma municipal expresa". Antes se había incorporado
que quienes otorguen estas autorizaciones sean, también, las Gobernaciones.
Lo que prohíbe la ley. La ley, entre otras características, prohíbe a las personas beber en vía pública, caminar por las calles en estado de ebriedad y contempla sanciones económicas para los infractores. Tampoco se puede comercializar ni expender bebidas alcohólicas a menores de 18 años, los mismos están prohibidos de poder adquirir las bebidas y los centros de expendio están prohibidos de venderles los productos. Respecto a sanciones, puntualizó que la futura norma prevé medidas de esta naturaleza que operan en la vía administrativa a través de los municipios, que son de orden pecuniario, multas que varían entre los 2.000 a 10.000 Unidad de Fomento a la Vivienda (UFVs), equivalente a Bs 3.400 a 17.000.
Lo que prohíbe la ley. La ley, entre otras características, prohíbe a las personas beber en vía pública, caminar por las calles en estado de ebriedad y contempla sanciones económicas para los infractores. Tampoco se puede comercializar ni expender bebidas alcohólicas a menores de 18 años, los mismos están prohibidos de poder adquirir las bebidas y los centros de expendio están prohibidos de venderles los productos. Respecto a sanciones, puntualizó que la futura norma prevé medidas de esta naturaleza que operan en la vía administrativa a través de los municipios, que son de orden pecuniario, multas que varían entre los 2.000 a 10.000 Unidad de Fomento a la Vivienda (UFVs), equivalente a Bs 3.400 a 17.000.
Expresó también que la recaudación
de esas multas será destinada a la implementación de políticas preventivas en
el sistema educativo y en medios de comunicación.
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